¿Cómo ver la televisión con nuestros hijos e
hijas?
¿Cómo regular adecuadamente el uso de la televisión en nuestros hogares? Ciertamente, es una responsabilidad familiar, pero ¿podemos decir que es exclusivamente responsabilidad de los padres y madres controlar lo que sus hijos pueden ver y oír en la televisión? Evidentemente no, velar por el bienestar y buen desarrollo de la infancia y adolescencia es una responsabilidad compartida por todos los componentes de una sociedad. Nos acompaña y protege en esta tarea la LEY GENERAL PARA LA COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL que ha sido debatida recientemente. Existen varios aspectos positivos en ella que efectivamente, apoyarán este control parental, sin embargo también hay algunas lagunas que para ser paliadas van a requerir de nuestra atención.
Será importante que establezcamos algunas normas en el uso de la televisión, a poder ser consensuadas, con nuestros hijos e hijas.
- El tiempo máximo de acceso a contenidos audiovisuales será la más obvia, sin embargo deberíamos también concretar los horarios en los que van a poder tener acceso a ella. En este sentido, aconsejar que siempre sea en horario protegido, es decir, hasta las 22 horas, y con cierta supervisión parental.
- Debemos evitar que nuestras hijas e hijos vean la televisión a solas. El hecho de sentarnos frente a la televisión junto a ellos, poder comentar lo que vemos y oímos, opinar, reírnos juntos… convertirá una actividad que suele distanciarnos en algo para compartir. Además facilitará la comprensión sobre su realidad, sus gustos, intereses…
- Supervisar los contenidos de los programas, series… que generan interés en nuestras hijas e hijos. Debemos recordar en este sentido, que una imagen estereotipada, un mensaje soterrado puede resultar igualmente dañino para el desarrollo físico, mental o moral de los menores que uno directo. Debemos estar atentos a esta trasmisión encubierta de ideas y valores a fin de intervenir y matizarlos si es el caso.
- Prestar especial atención a los contenidos que impliquen violencia. En varios artículos de la Ley se usa el término de “violencia gratuita” explicando que la emisión de estos contenidos queda prohibida. Pero… ¿esta terminología deja la puerta abierta a contenidos de violencia, “no gratuita”? ¿Y cuál es ésa violencia? En este sentido, no pocas veces las noticias van acompañadas de imágenes que pueden herir sensibilidades no sólo de los menores de edad, con el añadido de ser escenas que sabemos reales.
- Poner atención a las comunicaciones comerciales o publicitarias. La nueva Ley acepta la emisión de estos contenidos en espacios infantiles, no así durante servicios religiosos. Dejando de lado valoraciones en este sentido, este hecho nos obliga a atender los mensajes que los espacios publicitarios pueden trasmitir. Sobre todo aquellos que pueden presentar roles femeninos y masculinos estereotipados o que incitan al consumo de productos perjudiciales para el adecuado desarrollo físico de los menores (alimentos poco apropiados, altos en contenidos calóricos…) o, simplemente, que no promulgan un consumo responsable.
- Tendremos que estar también atentos a la publicidad más “encubierta”, si nuestros hijos e hijas están viendo en una serie de ficción numerosos productos, marcas… también se les está incitando hacia el consumo de estos productos. Analizar con ellos estos aspectos y jugar a desenmascarar “los engaños de la tele” puede ser una buena herramienta para incrementar su capacidad crítica y analítica, a la vez que una actividad divertida.
Una última reflexión acerca de la trasmisión de valores a nuestros niños y niñas, adolescentes y jóvenes se refiere a los contenidos que la Ley considera “acontecimientos de interés general para la sociedad”. La enumeración la componen catorce acontecimientos de carácter deportivo, en ella se echarían en falta otros acontecimientos de carácter cultural, de interés social… ¿No deberíamos garantizar también el acceso en abierto a estos otros contenidos?