La
Federación de Asociaciones de Padres de Alumnos de Aragón
(FAPAR) presentó una Queja ante el Defensor del
Pueblo por la Ley Orgánica 10/2002, de Calidad de la
Educación (LOCE), aprobada por las Cortes Generales
Dicha queja analiza el impacto que la nueva regulación dada
por la citada Ley, genera en el ejercicio del Derecho de
padres y alumnos a la intervención en la gestión y
control de los Centros sostenidos con Fondos Públicos,
reconocido por el art. 27.7 de la Constitución.
El
documento elaborado por FAPAR pone de manifiesto, la
profunda restricción de competencias que plantea la nueva
regulación, en comparación con la dada tanto por la Ley
Orgánica Reguladora del Derecho a la Educación (LODE) de
1985 y, posteriormente por la Ley
Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de Participación,
Evaluación, y Gobierno de los Centros Docentes (en adelante
LOPEG), de los Consejos
Escolares, órganos
encargados de articular el derecho de intervención
reconocido por la Constitución y que se traduce en los
siguientes elementos:
Primero.-
La
LOCE elimina la capacidad decisoria de los Consejos en
materias de gran relevancia como la Admisión de Alumnos o
la elaboración del Proyecto Educativos del Centro.
Segundo.- Se
elimina la posibilidad de los alumnos del Primer Ciclo de
Educación Secundaria Obligatoria, esto es, los alumnos de
12 a 14 años, puedan ser elegidos como representantes de
los alumnos en los Consejos Escolares.
Tercero.-
Pero, sin duda, la principal restricción introducida por la
LOCE, consiste en la supresión de la capacidad del Consejo
Escolar de elegir al Director del Centro, siendo dicho
nombramiento competencia, a partir de ahora, de la
Administración.
Analizada
la nueva regulación establecida por la LOCE, desde FAPAR
queremos poner de manifiesto que, a nuestro entender, ésta
restringe de tal modo las competencias de los Consejos
Escolares, que ya no hablamos de una configuración
discutible desde el punto de vista político, sino de una clara y manifiesta vulneración
del derecho fundamental
reconocido por la Constitución a los padres y madres, así
como a los alumnos, a intervenir la gestión y control de
los centros educativos. Es importante señala que dicha
afirmación se basa en la Sentencia
del Tribunal Constitucional 77/1985
de 27 de
junio de 1985, la cual afirma de modo inequívoco que el
referido derecho reconocido en el artículo 27.7 de la
Constitución reviste
las modalidades propias de toda participación, tanto
informativa como consultiva, de iniciativa,
incluso decisoria, dentro del ámbito propio del control y
gestión, sin que deba limitarse necesariamente a los
aspectos secundarios de la administración de los
Centros".
Esto es, sostiene el TC que dicho derecho implica y
comprende el reconocimiento de funciones decisorias y de
gobierno de los centros a los órganos, a través de los
cuales se articula la intervención de los padres y los
alumnos, es decir, de los CONSEJOS ESCOLARES.
Por
otro lado, hacemos mención a la nueva regulación que efectúa
la LOCE, en relación con la asignatura de Religión y su
alternativa planteada, bajo el nombre de El Hecho
Religioso. Desde FAPAR entendemos igualmente, que bajo
la idea de ofrecer una alternativa que plantee una visión
del fenómeno religioso, se esconde la idea de crear una
educación en valores religiosos, sin que quepa alternativa
posible que propicie una educación laica que entendemos,
hoy más que nunca, imprescindible para afrontar los retos
de diversidad que se plantean en nuestra sociedad. de igual
manera, FAPAR que la nueva formulación de la enseñanza de
religión y su alternativa, quiebra el principio
constitucional que reconoce el derecho de padres y madres a
formar a sus hijos de acuerdo con los valores éticos y
morales que estimen más adecuados.
Ante
estas conclusiones, desde FAPAR, solicitamos ante el
Defensor del Pueblo, D. Enrique Múgica Herzog, el AMPARO,
ante lo que entendemos constituye un ataque a derechos
fundamentales de los padres y alumnos y proponemos que dicho
amparo alcance a la interposición de un RECURSO DE
INCONSTITUCIONALIDAD, por parte del Defensor del Pueblo
contra la regulación de los Consejos Escolares dada por la
LOCE.
|