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| Septiembre
de 2006. |
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| CUOTAS
IRREGULARES
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El Tribunal
Supremo ha obligado a la Escuela Pía de Olot (Garrotxa), de régimen
concertado, a devolver 60.000 euros que había cobrado en
concepto de cuotas, a través de una fundación cultural
privada, a 14 familias que tenían hijos estudiando en dicho
centro.
La sentencia, hecha pública a principios de este mes,
ratifica el fallo del Tribunal Superior de Justícia de
Catalunya (TSJC) que ya condenó a este centro docente en el
2004 a devolver las cuotas cobradas a las familias que en
diciembre de 1999 denunciaron irregularidades.
Según la sentencia del TSJC, los padres pagaron a la Fundació
Cultural Joan Profitós "bajo la creencia de realizar un
paso obligatorio" para la educación de sus hijos. Las
familias, posteriormente, denunciaron los hechos a la
Conselleria d'Educació.
Gratuito
En una resolución del 5 de octubre del 2001, El Departamento
de Educación de la Generalitat Catalana advirtió al centro
de que había que informar a las familias del "carácter
absolutamente gratuito de la enseñanza y de que sólo se
pueden cobrar actividades complementarias que se lleven a cabo
en el mismo centro, siempre y cuando las cuotas no superen las
cantidades fijadas por la Generalitat".
En ese momento, la escuela recurrió la resolución de la
Generalitat al TSJC que desestimó su recurso. Posteriormente,
el centro educativo presentó un recurso de casación al
Supremo que, finalmente, ha sido también desestimado y, ahora
sí, el centro deberá abonar el dinero a estos padres.
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