DERECHO A NO DECLARAR “TU
IDEOLOGÍA O CREENCIAS
Cuando vas a matricular a tu hijo en un Centro Educativo, la
dirección te facilita n Impreso en el que te solicita que
marques con una cruz si deseas que tu hijo reciba
enseñanza religiosa. Los padres de alumnos que no deseen
que sus hijos reciban enseñanza de Religión no están
obligados a comunicarlo, salvaguardando de esta manera el
derecho a la intimidad.
DERECHO A
LA LIBERTAD DE CONCIENCIA
La educación de nuestros hijos ha de tener por objeto el
pleno desarrollo de su personalidad humana en el respeto a
los principios democráticos de convivencia y el
fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y las
libertades fundamentales" (Constitución Española.
Art.: 27.2). fomentando su autonomía de juicio. La
autonomía de juicio de nuestros hijos se construye en la
Escuela laica. lo que significa, libre de todo grupo de
presión. ya sea religioso, ideológico o económico.
Lo Declaración Universal de Derechos Humanas de
1908, dice en su artículo 18. “toda persona tiene derecho
a la libertad de pensamiento, . de conciencia y
de religión
DERECHO A LA IGUALDAD DE TRATO
En muchos Centros Educativos la enseñanza de materias
alternativas no funciona o éstas son relegadas a un papel
secundario. Los padres deben exigir que todos los alumnos
reciban una formación ético-cívica apropiada, en lugar de
perder el tiempo en materias carentes de contenido. De esta
forma, los alumnos no sufrirán discriminación alguna, por
sus creencias y opciones espirituales. Los Centros están
obligados a Impartir una enseñanza alternativa en
condiciones de igualdad.
LA CONSTITUCIÓN DICE: - NO LO
OLVIDES-:
Tienes derecho a exigir la desaparición de cualquier
material o símbolo de carácter confesional, existente en
el Centro Educativo público al que asiste tu hijo, que
pueda atentar al derecho de libertad de conciencia de alguno
de los alumnos asistentes.
Si tu hijo no asiste a clase de religión, tienes derecho
a exigir. una enseñanza alternativa con contenido.
DICE: Art. 16.2. "Nadie podrá ser obligado a
declarar sobre su ideología, religión o creencias"
Art. 16.1. 'Se garantiza la libertad ideológica.
religiosa y de culto, de los individuos y las
comunidades..."Art. 14. "Todos los españoles son
iguales ante la Ley. sin que pueda prevalecer
discriminación alguna por razón de nacimiento. raza.
sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o
circunstancia social".
L A E S C U E
L A L A I C A E S:
1.-Universalidad
Es de todos. creyentes y no creyentes. Excluye todo
privilegio dado a una religi
ón
o una ideología.
Pone de relieve lo que es común
a toda los alumnos, no lo que les díferencia.
2. Libertad
Libertad da cada alumno en su formaci
ón
humana, sin imposiciones, sin adoctrinamientos carácter
sectario o partidista.
3. Igualdad
Igualdad de trato a todos loa alumnos. al margen da su
opci
ón
espiritual. Sin discriminaciones. Creyentes y no creyentes
son tratados sin privilegio ni estigmatización.
ENTRE TODOS CONSEGUIREMOS UNA
ESCUELA...
... p
ública
y laica, aconfesional. sin dogmas y sin verdades únicas
y excluyentes. que no segregue a sus alumnos en función
de las creencias y que sea fiel al carácter
laico y aconfesional de nuestra constitución.
...que no obligue a declarar publicamente las creencias
religiosas de las familias a la hora de matricular a sus
hijos. como ocurre en la actualidad..
... sin presiones ideol
ógicas
de ningún
tipo. libre de sirnbolos religiosos que vulneren el respeto
a la libertad de conciencia, que debe presidir una institución
publica educativa
...que ubique la ense
ñanza
religiosa en los periodos de tiempo extraescolar para
garantizar los derechos de todos, y
que ofrezca una formación
alternativa con contenido.